• Impac (IA): se dice que existe cuando una acción o actividad produce una alteración, favorable o desfavorable, en el medio o en algunos de sus componentes. Puede ser un proyecto, un programa, un plan, una ley o una disposición administrativa con implicaciones ambientales.Los impactos ambientales se generan durante las tres fases fundamentales de una actividad: fase de planificación, de obra y de funcion  (EIA): conjunto de análisis y estudios técnicos que permiten objetivamente; identificar, interpretar, estimar, valorar y predecir los efectos que la ejecución de un determinado proyecto, obra o actividad cause sobre el medio ambiente “Análisis encaminado a predecir las alteraciones que el proyecto o actividad puede producir en el medio ambiente”. Evaluac Estratégi Ambie: procedimiento que tiene por objeto la evaluación de las consecuenci ambientales que determinadas políticas, planes y programas pueden producir en el territorio, en la utilización de sus recursos o en el logro de un determinado desarrollo sostenible y equilibrado. Memoria resumen Documento inicial del proyecto: documento elaborado por el promotor de un proyecto de los sometidos a EIA con, al menos, el siguiente contenido: ·La definición, características y ubicación del proyecto. ·Las principales alternativas que se consideran y análisis de los potenciales impactos de cada una de ellas. ·Un diagnóstico territorial y del medio ambiente afectado por el proyecto. (EsIA): documento técnico, de carácter interdisciplinar, que debe presentar el titular del proyecto y sobre la base del que se emite la Declaración de Impac Ambie (DIA). Debe identificar, describir y valorar de manera apropiada los efectos notables previsibles que la realización del proyecto produciría sobre los distintos aspectos ambientales (efectos directos e indire, simples, acumulativos o sigérnicos; a corto, medio o largo plazo; + o -; permanentes o tempor; reversibles o irrever; recuperables o irrecu; periódicos o de aparición irregular; continuos o discontinuos). Valoración(VIA): una de las últimas fases del EsIA, consistente en transformar los impactos en medidas aritméticas para poder establecer su importancia. Estimación(EtIA): para los procedimientos simplificad o abreviados, no se valoran sino que se estiman los efectos ambientales previsibles.(DIA): es el pronuncia del órgano o autoridad competente en materia de medio ambiente, en base al EsIA (incluyendo alegaciones, objeciones…) en el que se determina, respecto a los efectos ambientales, y, en caso afirmativo, las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.