Convenio colectivo:son acuerdos libremente negociados en los que se fijan las condiones de trabajo y los derexos y obligaciones de las partes en un ambito laboral.

Empresario:personas fisicas y juridicas, o comunidades de bienes, que reciben la prestacion de servicios de las personas. obligaciones del empresario:Inscripcion de la empresa en la seguridad social. Comunicacion de la apertura de centro de trabajo. Contrato indefinido ordinario:se convertiran en fijos y a jornada completa cuando: no hubieran sido dados de alta en la seguridad social una vez transcurrido el periodo de prueba, cuando no se realicen por escrito, cuando sean celebrados en fraude de ley. Contrato de interinidad: se concierta cuando se trata de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.Forma del contrato: por escrito y hay que identificar ala trabajador sustituido. Duracion:sera igual al tiempo q permanezca asusente el trabajador. Jornada: jornada completa o tiempo parcial. Extincion:La reincorporación del trabajador, vencimiento del plazo, extincion de la causa,transcurso del plazo de tres meses para los procesos de seleccion. Contrato en practicas: Requisitos: Deben acreditar una formacion previa, el contrato debe celebrarse dentro de los cinco años siguientes a la finalizacion de los estudios. La prestacion de servicios debe corresponderse con la titulacion y los estudios cursados.



Contratos indefinidos: Requisitos para las empresas: Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. No haber sido excluido del acceso a los beneficios de la aplicacion de los programas de empleo.Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido declarado improcedente o por despido colectivo. Regimen juridico: forma del contrato, se formaliza por escrito en el modelo que disponga el SEPE. Duración: indefinidos, modalidad de fijos discontinuos o bien temporal mediante tiempo completo o parcial.Bonificaciones:la contratacion con estos colectivos da derecho a la empresa a bonificaciones en la cotizacion a la SS. Contratacion de trabajadores autónomos: Requisitos: No tener a a su cargo trabajadores por cuenta ajena. Disponer de infraestructuras productiva, no relizar su actividad de manera indiferenciada con los demas trabajadores que presten servicios laborales.