CUESTIONARIO GUBERNAMENTAL
POLITICA DE INVERSION: Es el conjunto de criterios, lineamientos y directrices que regulan el monto, destino y ritmo del ejercicio de los recursos destinados a la adquisición de bienes muebles e inmuebles, conservación, modernización, servicios que afecten el patrimonio nacional.
BIENES DE USO: Son aquellos bienes tangibles cuya vida útil es superior a un año, utilizados en la actividad de la empresa, no a la venta, incluyendo a los que están en construcción, transito y montaje, anticipo a proveedores de bienes.
BIENES MUEBLES: Son aquellos que por su naturaleza pueden transladarse de un lugar a otro.
BIENES INMUEBLES: Propiedad que no puede moverse del lugar en el que están, tales como tierras locales o viviendas.
BIENES REGISTRABLES: Son aquellos bienes inmuebles, equipo de transporte, maquinarias registrables que han sido adquiridos en carácter oneroso o gratuito por el estado que deberán contar con el titulo de propiedad a nombre del estado y a corgo del organismo o entidad.
MISION DEL DEPARTAMENTO DE BIENES DEL ESTADO: Ejercer el control de los recursos y del patrimonio del estado institucional perteneciente a la gobernación del departamento. Control, custodia, clasificación y contabilización de los bienes del estado.
VISION DEL DEPARTAMENTO DE BIENES DEL ESTADO: Ser un organismo superior de control capaz de la dirección general de contabilidad Publica.
OBJETIVO DEL DEPARTAMENTO DE BIENES DEL ESTADO: Realizar de acuerdo a las leyes vigentes los avaluos de bienes inmuebles donde el estado realiza proyectos.
REVALUO: Es volver a valuar un bien en existencia, dar un valor del presente al bien de uso, se tomara en cuenta para el % a ser utilizado conforme al IPC y la normativa vigente contable del cierre anual.
ALTA DE BIENES: Es la operación física y contable que registra el valor de los bienes que ingresan a la institución por concepto distinto a la compra. Ej. Permuta, restitución de bienes, bienes no subastados, dación en pago.
QUE REGLAMENTA EL DECRETO 10480/2013 EN EL ARTICULO 322: Reglamenta las normas y procedimientos contables y patrimoniales a ser aplicados a inversiones en construcciones, mejoras, equipamientos u otras obras publicas en las instituciones del sector publico a ser destinados al uso de otros organismos y entidades del estado y a la ampliación del régimen de uso de los formularios aprobados por este decreto que se regirán por las disposiciones.
BAJA DE BIENES: Es la cancelación del registro de un bien en el inventario de la dependencia una vez consumada su disposición final; se realiza en el caso cuan el bien se hubiere extraviado, robado o siniestrado.
SISTEMA DE CONTABILIDAD PUBLICA: Conjunto de principios, políticas, competencias, normas técnicas y procedimientos que interactúan en el proceso contable en sus faces de recopilación, evaluación, proceso, registro, control e informe de todos los ingresos, gastos costos y hechos económicos que afecten a los organismos y entidades del estado.
OBJETIVO DE LA CONTABILIDAD PUBLICA: Producir información de la gestión presupuestaria, financiera y patrimonial que sirva para apoyar la toma de decisiones de las autoridades responsables de la gestión pública y para dar a conocer el resultado alcanzado en la obtención y empleo de los recursos públicos.
RESPONSABILIDAD DE LA CONTABILIDAD PUBLICA: Las unidades de administración y finanzas deberán registrar diariamente sus operaciones derivadas de los ingresos provenientes del tesoro o de recaudación de ingresos propios, el registro y el control de los egresos derivados de la ejecución presupuestaria, previo análisis de la consistencia y validación documental de conformidad con las normas establecidas y mantener actualizado el inventario de los bienes que conforman su patrimonio.
SOPORTE DOCUMENTARIO PARA EL EXAMEN DE CUENTAS.
Balance de sumas y saldos.-Los comprobantes que justifiquen los ingresos y egresos devengados y percibidos en el periodo.- Los comprobantes contables que demuestren las operaciones registradas en la contabilidad y que no corresponden a ingresos y egresos de fondos Ej: Ajustes contables.
DUALIDAD ECONOMICA: La contabilidad reconoce la igualdad entre los recursos disponibles para el logro de los objetivos establecidos y las fuentes de dichos recursos.
EQUIDAD: Los principios de contabilidad deben aplicarse con imparcialidad de tal modo que toda la información que fluya del proceso contable, refleje razonablemente y equitativamente los legítimos derechos de los sectores interesados.
NORMAS GENERALES DEL SISTEMA: La normativa contable e instrucciones que el Ministerio de Hacienda imparta en uso de sus atribuciones legales son de aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público.
MINISTERIO DE HACIENDA: Es un organismo técnico del estado paraguayo, dependiente del poder ejecutivo. Es el principal responsable de la gestión política fiscal y demás temas a fines a las finanzas públicas del país, su actual Ministro es el Economista Santiago Peña.
ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA:
SUBSECRETARIA DE ESTADO DE ADMINISTRACION FINANCIERA: Esta encargada de la administración del tesoro Nacional y su sistema de pagos, formulación y control del presupuesto público. Etc. Su actual Viceministro es Ramón Isidoro Ramírez Caballero.
SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION: Encargada del establecimiento de las normas y sistema para administración de los impuestos fiscales (Liquidación, Fiscalización, determinación, recaudación, cobranza, sanciones) Su viceministra es Marta Beatriz González Ayala.
SUB SECRETARIA DE ESTADO DE ECONOMIA: Tiene a su cargo la formulación de la política fiscal del país, interviene en la formulación y negociación de acuerdos económicos bilaterales y multilaterales su Viceministro es Pedro Daniel Correa Ramírez.
BIENES PUBLICOS: Son bienes económicos cuya naturaleza conlleva que no son rivales y no excluyente. No es rival cuando su uso por una persona no impide el uso por otros individuos.
DEUDA PUBLICA: Conjunto de deudas que tiene el estado frente a otros países.
INGRESOS PUBLICOS: Son formas de financiación que tiene el estado para captar los recursos financieros necesarios que exigen las actividades de gasto que demanda la sociedad Ej: Impuesto, imposición optima, incidencia fiscal, elusión fiscal, curva de laffer, presión fiscal.
HACIENDA PUBLICA: Cuenta con una serie de recursos entre los que cabe destacar los sgtes.
INGRESOS DEL GOBIERNO: Impuestos, tasas y aranceles, los ingresos no tributarios(Empresa de propiedad estatal)
ENDEUDAMIENTO DEL GOBIERNO: Cuando no recauda suficiente impuesto para financiar toda la administración pública en el mercado, es bueno mientras se mantenga en niveles bajos, será una forma de ahorro para ciudadanos al comprar bonos que emite el país.
ADMINISTRACION CENTRAL: Es un sistema en el cual el órgano ejecutivo se reserva el derecho a entrar a todos los agentes de la administración pública y a tomar decisiones definitivas de todo orden.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES: Es la institución constitucional que administra y gobierna como órgano descentralizado del gobierno central y está compuesto por: Consejo de desarrollo departamental, Gobernador, junta departamental.
MUNICIPALIDADES: Es la organización que se encarga de la administración de un pueblo o ciudad, está compuesto por Junta municipal, Intendencia Municipal.
ATRIBUCIONES DE LAS MUNICIPALIDADES: Ejecutar el plan comunal de desarrollo y los programas necesarios para su cumplimiento. -Elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal. - Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público. -Dictar resoluciones obligatorias de carácter general y particular.
ENTIDAD CONTABLE: Cada organismo público que administre recursos del estado, constituye una unidad contable independiente con derechos, atribuciones y deberes propios y su conjunto foman lo que es el ente contable.
BIENES ECONOMICOS: La contabilidad reconoce todos los recursos y obligaciones suceptibles de valuar en términos monetarios. La moneda de registro de las transacciones debe ser la moneda de curso legal, Guaraníes.
DEVENGADO: La contabilidad registra todos los recursos y obligaciones en el momento que se generen, independientemente de que estos hayan sido o no pagados.
COSTO COMO BASE DE VALUACION: La contabilidad registra las operaciones sobre la base del valor de costo de adquisición, producción o canje, salvo en el caso que determinadas circunstancias justifiquen la aplicación de otro criterio de valuación.
PERIODO CONTABLE: Con el objeto de conocer periódicamente el resultado de la gestión presupuestaria, financiera y económica, y efectuar comparaciones entre dos o mas ejercicios, se estableció que el ejercicio debe de ser desde 01 de enero hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.
CRITERIO PRUDENCIAL: La contabilidad requiere para la medición de los recursos y obligaciones que se incorporen estimaciones que permitan distribuir costos, gastos e ingresos entre periodos de tiempo relativamente cortos , lo cual involucra que ante dos o mas alternativas de optarse por la mas conservadora.
CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO: Es el instrumento metodológico de clasificación que permite la uniformidad, ordenamiento y la interrelacion de la registración en los procesos presupuestarios. Y esta contemplada en el articulo 11 de la ley 1535/99.
PLAN DE CUENTAS: El plan de cuentas armonizado y vigente en el sector publico constituye el principal instrumento del sistema integrado de contabilidad para registrar y controlar las operaciones financieras y económicas de las entidades.
CITAR
EL INVENTARIO SIRVE PARA DAR SEGUIMIENTO A LAS INVERSIONES FISICAS EN EL SECTOR PUBLICO.
OBJETIVOS: Delimitar e impartir Normas y funcionamiento. - Consolidar y actualizar el registro de todos los bienes.
FORMA E INFORMACION A SER PRESENTADA EN LA RENDICION DE CUENTAS AL CULMINAR LA GESTION.: Balance General.- Estado de resultado.- Balance de Comprobación de Saldos y Variaciones.- Inventario de bienes de uso.
INVENTARIO DE BIENES DE USO: Maquinarias- Equipos de Informática.-Rodados.-Muebles y útiles.
VALORIZACION E INCORPORACION DE BIENES EN EL INVENTARIO: Documentos respaldatorios. -Registros contables.- Donaciones.- Contratos Técnicos.
DESCRIPCION E IDENTIFICACION DE LOS BIENES MUEBLES
Dimensiones -Tipo Y Tamaño-Serial, Diametro- Calibre, marca- Capacidad, Chassis.
DESCRIPCION E IDENTIFICACION DE LOS BIENES INMUEBLES.
BIENES DE USO DEPRECIABLES: Edificaciones, Obras de infraestructura, equipos de transporte, Equipos de computación.
BIENES DE USO NO DEPRECIABLES: Terreno, Biblioteca, Museo, Plantaciones agrícolas y forestales, Animales Silvestres.
TIPOS DE PRESENTACION DE INFORMES MENSUALES DE BIENES DE USO: Movimientos de bienes de uso, Consolidación de bienes de uso, Inventario de bienes de depreciación, Hoja de costo de inversión.
PASOS PARA LA BAJA DE BIENES: Las bajas deben ser aprobadas por la autoridad competente-Acompañado por el formulario contemplado-El jefe de la unidad de Adm. Y Finanzas deberá informar al encargado del Activo Fijo.- La Oficina de Administracion Evaluara el expediente.- La resolución que aprueba la baja deberá emitirse en 15 dias.
CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LA CONTABILIDAD PUBLICA: Integridad del registro- Descentralización Operativa- Uniformidad- Marco Doctrinario-Control Contable de los Bienes.
COMPETENCIAS INSTITUCIONALES DE LA CONTABILIDAD PUBLICA: Establecer y mantener actualizado el sistema contable.- Evaluar el control previo de la documentación.- Mantener actualizado el registro de las operaciones económicas financieras.- Mantener actualizado el inventario, registrar y controlar.- Preparar informes económicos financieros e informar al M. de Hacienda.
PRINCIPIOS DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA: Entidad Contable.- Bienes de Uso.- Realizacion.- Periodo Contable.- Objetividad.
HACIENDA PUBLICA: Recursos disponibles por parte del estado.- Gestiona los ingresos que recibe el Estado.- Objetivos del sector publico.
BIENES PUBLICOS: Justicia.- Defensa Nacional.- Medio ambiente.- Hospítales.- Edificios del Gobierno.
CARACTERISTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL SECTOR PUBLICO: Que sea comprensivo.- Que sea relevante.- Que sea confiable. – Que sea Comparable.
TIPOS DE PRESUPUESTOS: Clasificacion del tesoro Publico y por entidades.- Clasificacion por finalidades y funciones.- Clasificacion programática.- Clasificacion por origen del ingreso.
SIGNIFICADO Y CONTENIDO DE LAS CUENTAS: Gastos corrientes- Gastos de Capital.
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACION DE LA OFICINA IMPOSITIVA: Disponibilizar , en coordinación con el dpto. de soporte administrativo la asignación de los funcionarios que ejercerán sus funciones en el PAC. – Mantener actualizado el ruc de los contribuyentes.- Atender las consultas presentadas por los contribuyentes.- Identificar y precisar las obligaciones de los contribuyentes.- Recibir y procesar la información presentada por los contribuyentes.
REQUISITOS MUNICIPALES PARA LA APROBACION DE PLANOS: Copia autenticada del titulo de propiedad.- Certificado de condiciones de dominio.- Comprobante de pago del impuesto inmobiliario.- Informe descriptivo del inmueble.- El plano del fraccionamiento.
REQUISITOS DEL SERVICIO NACIONAL DE CATASTRO: Solicitud dirigida a la direccion del S.N.C. firmado por escribano publico.- Copia autenticada del titulo de propiedad.- Plano georeferenciado que ilustra la ubicacion precisa del inmueble
HABLA:
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL AMBITO DE APLICACIÓN DEL MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PATRIMONIALES: Corresponde su aplicación a los organismos y entidades del estado específicos en el art. 3ero de la Ley 1535/99, cada organismo y entidad del estado que tienen a su cargo la administración de los bienes estará regido por las normas que establece el Ministerio de Hacienda.
RESPONSABILIDAD, LOS ENCARGADOS DE ADMINISTRAR, ADEMAS OTROS TIPOS DE RESPONSABILIDADES: Los funcionarios encargados de administrar los bienes muebles e inmuebles de propiedad del estado deberán adoptar las medidas que correspondan para facilitar su correcto registro y control, estando obligados a cumplir con las normas y procedimientos vigentes, además deben velar por su buen uso y conservación y son responsable sobre dichos bienes y lo que pudiera ocurrir con él.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS SOBRE EL INVENTARIO DEL BIEN DE USO: Los funcionarios designados como jefes de organismos o entidades del estado o de sus dependencias, al tomar posecion de su cargo exigirán a su antecesor el inventario y entrega de los bienes que estuvieron a su cargo.
DIFENRECIA ENTRE HACIENDA PUBLICA Y HACIENDA PRIVADA: HACIENDA PUBLICA: Perdurable.-Coactiva.- Condicion Juridica Publica.- Divisa. HACIENDA PRIVADA: Transitoria.- Voluntaria.- Condicion jurídica privada.- Indivisa.
CARACTERISTICAS GENERALES DEL PLAN DE CUENTAS DEL SECTOR PUBLICO: Es la integración de los datos por su vinculación con otros sistemas, es decir la que se relaciona con el ciclo de ejecución presupuestaria de ingresos y gastos.