La nueva Ley 21/2013 pretende: Simplificar el procedimiento de evaluación ambiental.Incrementar la seguridad jurídica de los promotores. Lograr la concertación de la normativa sobre evaluación ambiental en todo el territorio nacional. Reducción de expedientes y plazos.
MODIFICACIONES QUE INTRODUCE: 1. Incorpora a las evaluaciones los proyectos de FRACTURA HIDRÁULICA. Incorpora el estudio de los efectos del cambio climático. Creación de los bancos de compensación de la naturaleza,Se diseñan dos procedimientos: el ordinario y el simplificado tanto para la evaluación ambiental estratégica como para la de impacto ambiental de proyectos.Se incluye la posibilidad de que los proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental simplificada se sometan al procedimiento ordinario cuando así lo solicite el promotor, Modifica los tiempos de realización de los procedimientos: • EAE ordinaria 22 meses +2 • EAE simplificada 4 meses • EIA ordinaria 4 meses +2 meses • EIA simplificada 3 meses 7. Aumenta los pronunciamientos ambientales.  La EAE ordinaria con Declaración Ambiental Estratégica.  La EAE simplificada con Informe Ambiental Estratégico.  La EIA ordinaria con Declaración de Impacto Ambiental.  La EIA simplificada con Informe de ImpactoAmbien 
A la evaluación de impacto ambiental simplificada se someterán los proyectos comprendidos en el anexo II, y los proyectos que no estando incluidos en el anexo I ni en el anexo II puedan afectar directa o indirectamente a los espacios Red Natura 2000. 1. SOLICITUD DE INICIO DE LA EVALUACIÓN + DOCUMENTO AMBIENTAL. El Promotor lo elabora y se lo presenta al O. Sustantivo que mostrará su conformidad y lo enviará a la autoridad Ambiental 1. La motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación simplificada 2. La definición, características y ubicación del proyecto. 3. Las principales alternativas estudiadas. 4. Un análisis de los impactos potenciales en el medio. 5. Las medidas, preventivas, correctoras o compensatorias para la adecuada protección del medio. 6. La forma de realizar el seguimiento que garantice el las medidas protectoras y correctoras contenidas en el documento ambiental