Consejo de Indias.Ámbito de actuación à El imperio colonial español.Origen y evolución à Procede de un encargo que Isabel la Católica le hizo a Rodríguez de Fonseca en 1495. Carlos I va a desligar las competencias desde el Consejo de Castilla en 1519 y va a crear una sección especial. En 1524 se crea el Consejo Supremo y Real de Indias, con sus propias ordenanzas en 1542. A finales del S. XVI se establece una Junta para ver qué competencias reales tenía el Consejo y se ve que eran demasiado amplias y algunos temas van a los consejos temáticos. A lo largo de su desarrollo sufre constantes evoluciones y así se van a organizar algunas juntas o salas para cuestiones específicas: ordenamiento militar, nombramiento de cargos (Sala de Indias)… En el S. XVII recibe nuevas ordenanzas que burocratizan aún más al Consejo.Funciones à Era tribunal de apelación para todos los conflictos que se producían en América, ya fueran eclesiásticos o de gobierno. Produce la Leyes Indianas y realiza las Recopilaciones de Indias, para informarse.Organización à Es muy compleja por el factor distancia. Tiene un presidente, un canciller y un número variable de consejeros, entre cuatro y diez. Éstos, inicialmente, son consejeros de Castilla pero luego son nombrados por el rey, que va a tener en cuenta la trayectoria americana de esos personajes.En 1568/70 Felipe II le da una nueva planta: un presidente, cuatro o cinco consejeros letrados, un fiscal, dos escribanos (uno de gobierno y otro de justicia), un gran canciller que tiene el sello real, un teniente de canciller y dos cargos más, importantes y significativos: un cosmógrafo y un cronista (¡un historiador!), para contar la historia desde el punto de vista del Consejo. En las Indias no hay tradición de gobierno y un especialista la crea.Procedimiento à Toma sus decisiones por mayoría simple y se formalizan por el rey a través de una Real Orden. Tenía que reunirse diariamente (sin el rey) y elevaba las propuestas o consultas al monarca. Las sesiones se reunían en el Alcázar de Madrid.Operatividad à En principio tiene una gran fuerza e importancia, que va a empezar a perder en el S. XVII. Tanta efectividad pierde, que en el S. XVIII se crea la Secretaría de Marina e Indias. Al Consejo sólo le quedan los temas de justicia, pero se mantiene, porque el nombramiento de consejeros se considera un cargo honorífico.Se suspende en 1809 y 1812, pero finaliza su actividad en 1834.