ITC BT 28:-1. CAMPO DE APLICACIÓN:se aplica, entre otros, a locales de reunión, trabajo, usos sanitarios y si la ocupación prevista es de más de 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos. Esta instrucción tiene por objeto garantizar la correcta instalación y funcionamiento de los servicios de seguridad, en especial aquellas dedicadas a alumbrado que faciliten la evacuación segura de las personas o la iluminación de puntos vitales de los edificios.
ALIMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD: puede ser automática o no automática.
En una alimentación automática la puesta en servicio de la alimentación no depende de la intervención de un operador. Una alimentación automática se clasifica, según la duración de conmutación, en las siguientes categorías: – Sin corte: alimentación automática que puede estar asegurada de forma continua en las condiciones especificadas durante el periodo de transición, por ejemplo, en lo que se refiere a las variaciones de tensión y frecuencia. – Con corte muy breve: alimentación automática disponible en 0,15 segundos como máximo. – Con corte breve: alimentación automática disponible en 0,5 segundos como máximo. – Con corte mediano: alimentación automática disponible en 15 segundos como máximo. – Con corte largo: alimentación automática disponible en más de 15 segundos.
GENERALIDADES Y FUENTES DE ALIMENTACIÓN.
Se pueden utilizar las siguientes fuentes de alimentación:
– Baterías de acumuladores. Generalmente las baterías de arranque de los vehículos no satisfacen las prescripciones de alimentación para los servicios de seguridad.– Generadores independientes. – Derivaciones separadas de la red de distribución, efectivamente independientes de la alimentación normal.
LUGARES QUE DEBE INSTALARSE ALUMBRADO DE EMERGENCIA Es obligatorio situar el alumbrado de seguridad en las siguientes zonas de los locales de pública concurrencia: a) en todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 100 personas b) los recorridos generales de evacuación que estén previstos para la evacuación de más de 100 personas. c) en los aseos generales de planta en edificios de acceso público. f) en las salidas de emergencia y en las señales de seguridad reglamentarias. h) en toda intersección de pasillos con las rutas de evacuación. i) en el exterior del edificio, en la vecindad inmediata a la salida j) cercade las escaleras, de manera que cada tramo de escaleras reciba una iluminación directa. m) cercade cada equipo manual destinado a la prevención y extinción de incendios. n) en los cuadros de distribución de la instalación de alumbrado de las zonas indicadas anteriormente.
PRESCRIPCIONES DE CARÁCTER GENERAL. :Conductores aislados, de tensión asignada no inferior a 450/750 V, colocados bajo tubos o canales protectores, preferentemente empotrados en especial en las zonas accesibles al público. Construidos en materiales incombustibles de resistencia al fuego RF-120, como mínimo. d) Los cables eléctricos para utilizar en las instalaciones de tipo general y en el conexionado interior de cuadros eléctricos en este tipo de locales, serán no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida.