1. Hacer un resumen del caso con lo más importante.
2. Decir de que se le acusa supuestamente.
3. Determinar si hay o no comportamiento humano.
4. Analizar la tipicidad objetiva: (tiene que tener las tres cosas y desarrollarlas)
-Relación de causalidad -Creación de un riego penalmente relevante
-Realización del riesgo en el resultado
5. Analizar la tipicidad subjetiva
-Decir si hay o no **
-Aquí se hay autoría o participación se tiene que poner aquí
6. Iter criminis: -Decir si hay tentativa o preparación
7. Antijuidicitat; siempre hay a menos que: -Legitima defensa, -Estado de necesidad, -Cumplimiento de un deber, -Ejercicio de un derecho.
8.Culpabilidad; simepre hay a menos que: -La persona sea inimputable (menor/trastorno), -Error de prohibición, -Miedo insuperable
9.Punibilidad; siempre hay a menos que seas el rey o que se aplique el codigo 268 cp
10. Conlcusión general
Tipicitat subjectiva
- Dol: • Dol de primer grau (intenció) • Dol de segon grau (no quiere hacer delito pero es consicente que acabará en delito) • Dol eventual (consc. pero se la pela)
- Error de tipus: • Vencible (infracció imprudent, sin intenció de delicte) • Invencible (Impunitat, no responsabilitat penal)
-Imprudencia: • Culpa consciente (imprud consc. ya que confia q no suceda) / • Culpa insconscient (no consc. no piensa que ocurra) //Antijuridicitat
Si no hay justificació: La conducta es antijuridica i pot implicar responsabilitat penal i deure de tolerància
1. Resumen del caso:
1.2 delito por el que se le pretende condenar: trafico de drogas.
2. Comportamiento humano: Hay comportamineot humano ya que es consciente del acto que está cometiendo.
3. tipicidad
3.1objetiva: Hay casualidad ya que si no hubiera transpportado la droga, no hubiera incurrido en delito. Hay creacion de riesgo penalmente relevante, ya que el transporte de drogras conlleva peligro social. Se produce el riesgo en el resultado, puesto que trasnporta la droga y la lleva hasta el aeropuerto de otro país.
3.2 subjetiva: podemos ver que hay dolo de primer grado, ya que Manuel es plenamente consciente de lo que hace y lo hace con plena voluntad.
3.3 Iter crimins: hay delito consumado
3.4 Autoría: Manuel es el autor directo
4. Antijuridicitat: Los actos expuestos en el caso són antijurídicos ya que la conducta es contraria al derecho y no hay ninguna causa de justificación puesto que; No hay legítima de tensa, ni estadi de necesidad, ni cumplimiento de un deber, ni un ejercicio de derecho.
4.1 Participes, Complices: Si lo hay se explica si no na
5 culpabilitat: podemos determinar que hay culpabilidad ya que no hay ninguna causa que excluya la culpabilidad, no hay ni inimputabilidad, ni error de prohibición, ni miedo insuperable.
6. Punibilidad: este acto es punible por el artículo ' x'y se le debe imponer pena prevista por el mismo que es de 'xx'
7. Conclusión general: Manuel es culpable y punible. tiene responsabilidad tanto penal como civil. Se le condernará por tráfico de drogas con una pena de x años de cárcel.
Después de analizar el caso presentado vamos a proceder al análisis de la teoría del delito. Empezaremos con un breve resumen del caso; se nos expone una situación en la que Manuel, un chico mayor de 18 años que tiene antecedentes por delitos de tráfico de drogas, llega a un aeropuerto de Venezuela, donde le encuentran en la maleta un doble fondo donde tiene casi un kilo y medio de cocaína. Cabe recalcar que por el transporte le han pagado 1M de pesetas. El estudio de la teoría del delito se haría sobre el supuesto de delito de tráfico de drogas.
Podemos determinar que hay comportamiento humano, ya que Manuel en todo caso es consciente del acto que realiza, una justificación de esto sería que de hecho le han pagado por la realización del traslado.
Una vez analizado el comportamiento humano, podemos proceder a analizar la tipicidad. Empezaremos por la Tipicidad objetiva. Para determinar si hay tipicidad objetiva deben cumplirse tres elementos; La relación de causalidad, la creación del riesgo penalmente relevante y la realización del riesgo penalmente relevante. En este supuesto hay relación de causalidad, ya que si no hubiera transportado la droga no hubiera incurrido en el delito. También hay creación de un riesgo penalmente relevante, ya que la inserción de droga en un país se considera un riesgo social. Además se realiza el riesgo en el resultado puesto que transporta la droga hasta el aeropuerto de otro país. Después de analizar estos estos elementos, podemos concluir que hay tipicidad objetiva.
Como hemos determinado que hay tipicidad objetiva, podemos proceder a analizar la tipicidad subjetiva. Hay tipicidad subjetiva puesto que Manuel ha realizado la acción con plena voluntad y siendo consciente del delito puesto que ya se le había condenado antes por ello. Sería un caso de dolo en primer grado.
Analizando el iter criminis, determinamos que el delito ha sido consumado y en cuanto a la autoría, que Manuel es autor directo del delito. En cuanto a la antijuridicidad, los actos expuestos en el curso son antijuridicos, ya que la conducta es contraria al derecho y además no concurre ninguna causa de justificación ya que no hay legitima defensa, ni estado de necesidad, ni cumplimiento de deber, ni un ejercicio de derecho.
(Aquí toca explicar lo de los participes y lo de los cómplices)
En cuanto a la culpabilidad, podemos determinar que hay culpabilidad ya que no hay ninguna causa que excluya la culpabilidad puesto que no hay ni inimputabilidad ni error de prohibición ni miedo insuperable
punibilidad a menos q seas el rey siempre
conclusion la que veamos