El día del juicio, con la presencia de las partes y el Tribunal, se leen los escritos de calificación y defensa. Luego, el Juez da la palabra a las partes para plantear cuestiones previas, que son obstáculos procesales que, si se aceptan, podrían invalidar el juicio. Estas cuestiones deben resolverse antes de comenzar la prueba. Las cuestiones previas pueden referirse a: Las cuestiones previas que pueden plantearse durante el juicio son las siguientes: a) Falta de competencia del Tribunal  b) Vulneración de derechos fundamentales durante la Instrucción:  c) Existencia de un artículo de previo pronunciamiento  d) Motivos para suspender el juicio e) Circunstancias que generan nulidad de las actuaciones:  f) Planteamiento de pruebas desestimadas anteriormente o nuevas pruebas.  Una vez planteadas y resueltas las cuestiones previas durante el juicio, el Juez o Presidente del Tribunal se dirigirá al acusado para asegurarse de que comprende la acusación en su contra y para preguntarle si se declara culpable o inocente. b)Conformidad e interrogatorio del acusado Durante el juicio oral, si el acusado decide conformarse con la calificación presentada, se le permite pedir al Juez que dicte sentencia de conformidad con la pena más grave solicitada por la acusación. Esta conformidad se aprueba si la pena no excede los seis años de prisión y el Tribunal considera que la calificación es correcta, y si el acusado acepta libremente las consecuencias. En ausencia de conformidad, el acusado es interrogado para determinar su comprensión de la acusación y su participación en los hechos. La ley no establece un procedimiento específico para este interrogatorio, pero generalmente el Fiscal y las partes realizan las preguntas, seguidas por las del abogado defensor, y el acusado tiene derecho a permanecer en silencio sin que esto implique una admisión de culpabilidad.



interrogatorio: La prueba testifical es esencial en el proceso penal y se limita a las diligencias de prueba propuestas por las partes. El Tribunal tiene la facultad de ordenar careos entre testigos o entre testigos y acusados si se solicita. Los testigos son examinados en el orden propuesto por las partes y el Tribunal, comenzando por los del Ministerio Fiscal. El Presidente del Tribunal garantiza que los testigos declaren individualmente y que presten juramento o promesa de decir la verdad si tienen más de catorce años. Medios técnicos pueden ser utilizados para evitar la confrontación visual entre el testigo y el acusado, especialmente si el testigo es menor de edad o vulnerable. Las partes pueden interrogar al testigo después de que el Presidente haya preguntado sobre sus circunstancias personales. Se prohíben las preguntas capciosas o sugestivas, y cualquier objeción durante el interrogatorio puede ser motivo para un recurso de casación. Los testigos deben explicar la razón de sus declaraciones y, si es de referencia, especificar su origen. Durante los careos, no se permiten insultos ni amenazas. Un testigo que se niega a declarar puede ser multado y, si persiste en su negativa, puede enfrentar cargos por desobediencia grave a la autoridad. El Letrado de la Administración registra todas las preguntas, respuestas e incidentes durante la declaración. Los testigos tienen derecho a una indemnización por los gastos de viaje y jornales perdidos debido a su comparecencia para declarar. d)Informe pericial Los informes periciales pueden ser realizados por un solo perito. El perito que testifique será interrogado sobre su pericia y deberá afirmar su imparcialidad, pudiendo ser recusado por las partes. Los informes emitidos por laboratorios oficiales sobre sustancias estupefacientes, realizados conforme a protocolos científicos aprobados, se considerarán prueba documental y no requerirán la comparecencia de sus autores como peritos.



e)Prueba documental La prueba documental no se practica durante el juicio oral, sino que el tribunal examina por sí mismo los documentos que puedan esclarecer los hechos. Esta revisión se reflejará en la sentencia, aunque las partes pueden mencionar documentos específicos durante el juicio para destacar su importancia. f) De la inspección ocular Cuando una inspección ocular no se haya realizado antes de iniciar las sesiones del juicio, el tribunal, junto con las partes involucradas, se dirigirá al lugar en cuestión. En el caso de que este lugar esté en la capital, el tribunal se reunirá allí y el secretario judicial registrará en un documento las observaciones y incidentes relevantes. Si el lugar está fuera de la capital y el tribunal es el órgano encargado de dictar la sentencia, se constituirá con el juez designado por el presidente para realizar la inspección. Calificación definitiva Después de la presentación de pruebas en un juicio penal, el tribunal pregunta a la parte acusadora y a la defensa si desean modificar sus calificaciones provisionales o convertirlas en definitivas. Estas calificaciones definitivas son vinculantes para el juez al dictar sentencia y pueden mantenerse o modificarse según lo revelado durante el juicio. Las modificaciones deben ser expresadas verbalmente y no pueden incluir a una persona no acusada ni hechos nuevos, aunque sí se puede cambiar la calificación del delito. Si la acusación cambia la calificación penal de los hechos o añade circunstancias agravantes, el tribunal puede aplazar el juicio hasta diez días a solicitud de la defensa para que esta pueda preparar una respuesta adecuada y presentar nuevas pruebas si es necesario. Tras la presentación de nuevas pruebas, las partes acusadoras pueden modificar nuevamente sus conclusiones definitivas. Si todas las acusaciones califican los hechos como delitos fuera de la competencia del Juez de lo Penal, este se declarará incompetente y remitirá las actuaciones a la Audiencia competente. 



Si no es el caso, el Juez de lo Penal decidirá sobre la continuación o finalización del juicio, pero no podrá imponer una pena superior a su competencia.  h)Tesis del Tribunal El principio de congruencia penal establece que el tribunal no puede condenar por un delito distinto al acusado ni considerar una eximente no invocada por las partes. Ante la posibilidad de una calificación errónea, la ley faculta al tribunal para solicitar a las partes que aclaren su calificación. Esta facultad, conocida como Tesis del Tribunal, se ejerce con moderación y se limita a ciertos casos. El tribunal puede sugerir nuevas calificaciones jurídicas del delito, pero estas no pueden alterar los hechos ni la participación de los acusados. Si las partes no están preparadas para discutir la cuestión propuesta, la sesión se puede suspender hasta el día siguiente.  i)Informe de las partes Después de que las partes presenten sus calificaciones definitivas y, si es necesario, se formule la Tesis del Tribunal, el tribunal solicitará a las partes que expongan su opinión sobre la valoración de la prueba practicada. En estos informes, las partes deben exponer los hechos considerados probados, su calificación legal y el grado de participación de los acusados, con el objetivo de persuadir al tribunal. El fiscal hablará primero, seguido por las demás partes acusadoras, luego la defensa del acusado y, finalmente, el abogado del responsable civil si lo hubiera. Este momento permite a las partes invocar fundamentos jurídicos y jurisprudenciales que respalden sus argumentos, así como analizar la prueba presentada y destacar sus fortalezas y debilidades. Después de estos informes, solo se permitirá a las partes corregir hechos y conceptos.  j)Ultima palabra del acusado Aunque la Ley de Enjuiciamiento Criminal no contempla expresamente el derecho del acusado a una última palabra al final de los informes de las partes, el principio de presunción de inocencia y el derecho de defensa garantizan el derecho de todo acusado a ser escuchado. 



or lo tanto, mientras que este derecho no está establecido en el procedimiento abreviado, sí lo está en el juicio ordinario de, que permite al acusado expresar cualquier cosa que desee al Tribunal después de que hayan concluido los informes de la acusación y la defensa. El presidente del tribunal se asegurará de que los acusados se expresen de manera respetuosa y pertinente, retirándo la palabra si es necesario. Después de que los defensores y los acusados, si lo desean, hayan hablado, el presidente declarará concluido el juicio para sentencia.  5.Las costas procesales La LECrim establece que el Tribunal decidirá sobre las costas en cada Auto o Sentencia que ponga fin al caso, sin necesidad de que las partes lo soliciten. No se impondrán costas al Ministerio Fiscal en ningún caso. En el caso de que el acusado sea absuelto, no se impondrán costas a ninguna parte, a menos que el Tribunal detecte temeridad o mala fe en el querellante. Si el acusado es condenado, el Tribunal le impondrá las costas, determinando el porcentaje de responsabilidad de cada condenado si hay más de uno. Las costas del proceso incluyen el pago de los derechos de Arancel para los Procuradores, los honorarios de Abogados y peritos, así como las indemnizaciones para los testigos que las hayan reclamado si fueren de abono, y otros gastos generados durante la instrucción del caso.