jurisprudencia: Los fallos de Corte, en tanto son obligatorios para los otros tribunales.b) los fallos plenarios que, más allá de su constitucionalidad o no, son obligatorios para los miembros de la propia Cámara y los otros jueces del fuero. Fuente: la costumbre: la costumbre surge como fuente de derecho cuando se constata el convencimiento popular abonado por una práctica y un cumplimiento usual, de que una regla determinada de conducta humana es una norma jurídica. Fuente la doctrina:  En cuanto al resto de la doctrina de los autores, aunque no tiene fuerza formal como fuente del derecho administrativo, hay veces que tiene poder de convicción para llevar a determinada decisión administrativa o judicial. ,2) Adm CABA: Atribución de facultades propias de legislación y jurisdicción. Elección directa del jefe de gobierno. Garantizar los intereses del estado nacional mientras caba sea capital de la nación. Reafirmar la competencia de congreso como legislatura local. Mantenimiento de la potestad del congreso para ejercer una legislación exclusiva en caba. Poder convocar a los habitantes para las sucesivas reformas. Cava puede estar delimitada en la titularidad y ejercicio de sus poderes ya que sus facultades propias de legislación y jurisdicción deben ejercerse en el marco de la ley que dicte el congreso para garantizar los intereses del estado. Mientras cava sea capital no perderás su naturaleza federal ya que albergan los tres poderes que conforman el gobierno. 3) poder ejec. Funciones del gob: el poder ejecutivo es una de las ramas del gobierno provincial se encarga de la administración y ejecución de las leyes y políticas públicas en el ámbito provincial. La función del gobernador en el poder ejecutivo es la máxima autoridad del mismo es elegido por sufragio directo y tiene un mandato de 4 años con posibilidad de reelección. Funciones: ejecutar las leyes provinciales. administrar los recursos públicos. proponer el presupuesto provincial. mantener el orden público y la seguridad. representar a las provincias ante el gobierno nacional y otras provincias. 4) ley 24417: promulgada en 1995 su objetivo es garantizar la protección de las personas que se encuentran en situaciones de violencia familiar promoviendo medidas para la prevención y evadir dicha violencia. Definición cualquier acción omisión que cause daño físico psíquico o sexual a una persona que conviva o haya convivido con el agresor en un vínculo familiar afectivo o de convivencia. Protección integral: brindar protección integrar a la víctima lo que implica acceso a la asistencia médica psicológica y social. Prevención: implementar políticas de prevención para evitar que se produzcan situaciones de violencia familiar. Responsabilidad del estado: se establece que es una responsabilidad del estado garantizar el derecho a convivir sin violencia y proporcionar los recursos y herramientas necesarias para la protección de las víctimas.