LAS COMISIONES: Cantidades, distintas de los intereses, que las entidades de crédito cobran por la prestación de sus servicios.CONDICIONES: Debe ser solicitada en firme o aceptada expresamente por el cliente y debe responder a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos. Las entidades deberán informar previamente a los clientes el importe de las comisiones por los servicios que vayan a prestarles. así como el de los gastos que vayan a repercutirles.TIPOS DE COMISIONES: -De apertura. -Por emisión de cheque bancario. -Por modificación de condiciones o cambio de garantías. -Comisión por reembolso anticipado. COMISIÓN DE APERTURA: Se devengará una sola vez y englobará la totalidad de los gastos de estudio, tramitación o concesión del préstamo. Préstamos en divisas, incluirá, cualquier comisión por cambio de moneda correspondiente al desembolso inicial del préstamo.COMISIÓN POR MODIFICACIÓN DE CONDICIONES O CAMBIO DE GARANTÍAS: Ejempl: Modificar las condiciones de financiación. -Aceptación de un nuevo deudor o avalista tras la revisión del riesgo. COMISIÓN POR EMISIÓN DE CHEQUE BANCARIO: Cuando el cliente solicite que ésta emita un cheque bancario no a su nombre, sino a nombre de un tercero, por ejemplo, al vendedor del inmueble.



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PRÉSTAMOS INMOBILIARIOS SUSCRITOS CON ATERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE LCCI:Por amortización anticipada parcial o total no subrogatoria: Para los préstamos. concedidos antes del 09/12/2007, la entidad de crédito recibirá una comisión. En caso de cancelación sea total, la comisión será del 1%. Por amortización total subrogatoria: Préstamos concedidos antes 09/12/2007, la entidad recibirá 1 comisión. Si la cancelación es total, se cobrará de comisión el 1% si fué concedido antes del 13/11/2003, después de esa fecha la comisión será del 0,5%.Compensación por desistimiento:si se trata de 1 préstamo variable o fijo, formalizado desde el 9/12/2007, solo podrán cobrar si el prestatario es 1 persona física o empresa pequeña, si lo han pactado previamente, una cantidad en concepto de compensación, 0,5% dentro de los primeros 5 años y 0,25% después. ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS DE LOS PRODUCTOS ACCESORIOS: Actualmente con las vinculaciones a la hipoteca, es posible reducir el tipo de interés nominal hasta un 1,5%. Para que se produzca la reducción de intereses, se deberá contratar un pack de productos que incluirán como mínimo, seg. de hogar y vida, domiciliación de la nómina. En cuentas corrientes, según BDE, las comisiones de mantenimiento van desde 0 € a 36€. Las Tarjetas de crédito, además de la cuota anual(20 y 50€) el tipo de interés estará determinado por la solvencia del cliente, pero se suele encontrar en un 15% al 25% TAE. Planes de pensiones, generan una serie de gastos que se pueden repercutir en los beneficiarios y partícipes.Las comisiones que cobran las entidades no pueden superar el 2% anual para la gestión y del 0,5% para el depósito.FONDOS DE INVERSIÓN: Las comisiones son las siguientes: De gestión del fondo: a)Max. del 2,25% del patrimonio del fondo de inversión. b)Por las ganancias obtenidas:max. el 18%de los resultados positivos. c) Mixta: max. el 1,35% sobre patrimonio y 9% sobre resultados. -De suscripción y reembolso: max. 5% sobre la cantidad suscrita o reembolsada. -Comisión de depositario: max. 2 por mil anual de patrimonio efectivo.



GASTOS ADICIONALES DE LOS PRÉSTAMOS INMOBILIARIOS: TIPOLOGÍA.

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OBLIGACIONES: Provisión de fondos, para hacer frente a dichos gastos. -El consumidor puede proponer y elegir mutuo acuerdo con la entidad: la tasadora, la gestoría, el notario, o la compañía de seguros. -El cliente podrá aportar una tasación certificada por 1 tasador homologado de que no esté caducada(6 meses desde su emisión). -Se deberá facilitar, junto con la FEIN, la información clara y veraz de los gastos que corresponden al prestamista y los que corresponden al prestatario.

La TAE(Tasa Anual Equivalente): Indicador que en forma de tanto por ciento anual, revela el coste o rendimiento efectivo de un producto financiero, ya que incluye el interés y los gastos y comisiones bancarias. Depende de: El tipo de interés nominal aplicado(TIN). -La frecuencia de pago de los intereses(m). - El plazo de la operación(n). -Los gastos y comisiones aplicadas en la operación. TAE, es el rendimiento anual que iguala financieramente capitales entregados y recibidos. En una operación financiera  deberíamos hablar realmente de tres TAE: La financiera,, la del prestamista y la del prestatario. Se clasifican en: Unilaterales: Gastos de tasación, gastos de registrales y notariales, impuestos, gastos de gestoría. -Bilaterales: Comisión de apertura de 1 préstamo, comisiones por cancelación anticipada, otros gastos bancarios. Se utiliza como indicador de referencia para comprar diferentes préstamos. 

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RIESGOS ASOCIADOS A LOS PRÉSTAMOS INMOBILIARIOS PARA LOS CLIENTES: RIESGOS DE ENDEUDAMIENTO HIPOTECARIO. RIESGOS DE DECISIÓN: Factores a considerar y analizar previamente: Destino del activo. -Valor en el tiempo del activo a adquirir. -Alternativas inversoras o habitacionales. -Costes implícitos de la operación. -Capacidad potencial de pago del préstamo. RIESGOS PRELIMINARES A EVALUAR: Riesgo precio: Cambio de adverso de valor del activo a lo largo del tiempo. Solo relevante en inversores en los que el activo no tiene como objetivo su utilización como vivienda propia. Incapacidad potencial de pago: Pérdida de derechos sobre el activo adquirido. Impacto económico: cuantía, pagos realizados hasta la fecha y valor del activo hipotecado. Máximo impacto en la ejecución.

RIESGOS FINANCIEROS:

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ELEMENTOS MITIGANTES: Los derivados I. Productos financieros complejos que permiten la cobertura del riesgo financiera de la financiación. A) De tipo de interés: Forward rate agreements(FRA). -Interest Rate Swap (IRS). -Opciones CAP(techo)- B) De tipo de cambio: -Seguros de cambio. -Opciones de divisa.

OBJETIVO:

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ELEMENTOS MITIGANTES: Los derivados II. FRA: Acuerdos por los cuales el cliente adquiere la obligación de intercambiar en 1 ocasión futura(el día de fijación del índice de interés variable)el tipo de interés variable por un tipo de interés fijo, de tal modo que el tipo de interés queda fijado para ese periodo en cuestión. IRS: Acuerdos por los cuales el cliente adquiere la obligación de intercambiar de forma periódica ( los días de fijación del índice de interés variable) el tipo de interés variable por un tipo de interés fijo para ese periodo en cuestión, de tal modo que el tipo de interés queda fijado para toda la vida de la operación. CAP: Acuerdos por los cuales el acreditado adquiere el derecho a pagar un tipo de interés fijo máximo en caso de subida del índice de referencia variable. Ese cambio de variable a fijo no se hace con caracter obligatorio. 

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