C. Funcional: 2. Fase de impugnación, son competentes; Quién dicta la ST, sn competentes;
J. de Instrucción - apelación - Sección Penal de la AP (art.82.1 LOPJ)
J. de lo Penal (790 LECRrim), J. V.Penitenciaria, J.de Menores, J. de VsM
Tribunal de Jurado y AP - apelación - Sala d lo civil y penal del TSJ (73.3 c LOPJ,846bis o ter lec)
J. Central de lo Penal - apelación - Sala d lo Penal de la A. Nacional art.65.5 LOPJ y 790 Lecrim
J. Central de menores J. C. Vigilancia Penitenciaria J. Central de Instrucción.
Sala de lo Penal de la AN - apelación - Sala de apelación A.N (art.846 ter Lecrim y 64 bis LOPJ)
Sala de Apelación de la AN - CASACIÓN - TS (art.57 LOPJ y 847.1.A primero LECrim)
Sala de lo civil y penal del TSJ (se constituye del T.Jurado).
TS - sn frimes n cabe recurso, org. cn + garantía.
3. Ejecución, regla general 985 lecrim corresponde al org. q haya dictado la ST en 1º o única instancia (art.794 lecrim, excepciones). Si se trata de pena d prisión todo lo q tenga q ver cn su ejecución conocerá de J. de Vigilancia penitenciaria, art.94 LOPJ o juzgado d lo centrl d vigil
C. Territorial (determina quien instruye cm quien enjuicia), determina q org. jurisdiccional de entre los del mismo grado, ha de ser el competente para el conocimiento de 1determ causa. Solo TS y AN extienden jurisdicción en todo el territorio nacional, ls demá lo hacen en amb. territorial. Los criterios para determinarlos se encuentran en unos fueros preferentes y subsidiarios además de 1especifico en V. de genero.
1 F. preferente o gnerl, art.14 lecrim, lugar comisión hecho delictivo, por tal la acción delictuosa. 2. F. subsidiarios, art.15 lecrim ,cuando no conste el lugar en q se cometa el hecho. Serán J y T del termino muncipal, partido o circunscripción: A. dnd descrubir pruebas, B. Detención del reo, C. Residencia del reo, D. cualqier noticia del delito. 3. F. Especif. JVsM.
1. Municip salvo cabeza J Paz,2. Partido Jud., J.Instrucc y VsM, 3.Provinc. AP, J.penal, Vig.Penitenciaria, 4. TSJ canarias