APLICACIÓN: 

Art 25 → Aplicación provisional (cuando un tratado no entra oficialmente en vigor pero los estados deciden empezar a cumplirlo como si si. ) 

Art 26 → Pacta sunt servanda (los tratados deben cumplirse) 

Art 27 → Derecho interno (Un estado no puede usar sus leyes nacionales como excusa para no cumplir con un tratado internacional que haya firmado) 

INTERPRETACIÓN: 

30. Aplicación de tratados sucesivos concernientes a la misma materia., 

Art 31 → Regla general (principio o norma que se aplica en la mayoría de los casos, salvo que exista una excepción específica)  

Art 32 → Medios complementarios (recursos adicionales, como los documentos previos o el contexto de un tratado que ayudan a entender mejor su significado)



Art → 33  Varios idiomas (un tratado esta redactado en mas de un idioma oficial, y todas las versiones tienen el mismo valor legal) 

MODIFICACIÓN Y ENMIENDA 

Art 39 → Modificacion por acuerdo (los estados que firmaron un acuerdo deciden cambiarlo juntos, de forma legal y con mutuo consentimiento ) 

Art 40 → Enmiendas a tratados unilaterales  (cuando un tratado firmado por varios paises se modifica pero no necesariamente todos los paises aceptan el cambio)

Art. 41 → Modificacion en algunas partes (cuando solo un grupo de paises que firmaron un tratado multilateral quieren modificar algo entre ellos sin afectar a los demas) 

SUSPENSIÓN

Art 57 → Suspensión por acuerdo (los paises que firmaron un acuerdo deciden dejar de aplicarlo temporalmente, por mutuo consentimiento) 



Art. 61 – Imposibilidad de cumplimiento (cuando un tratado ya no se puede cumplir po rque desaparecio algo esencial para hacerlo realidad → literalmente imposible) 

Art. 62 – Cambio fundamental de circunstancias (cuando un pais dice: “las cosas han cambiado tanto desde que firmamos este tratado, que ya no tiene sentido seguir cumpliendolo” ) 

Art. 64 – Contradicción con norma de ius cogens (cuando un tratado va encontra de una norma basica y obligatoria del derecho internacional ) 







NULIDAD

Art. 46 – Violación del derecho interno sobre competencia (cuando el tratado fue firmado por alguien que segun las reglas internas del país, no tenia autoridad para hacerlo) 

Art. 47 – Restricción específica de poderes (cuando el representante que firmo el tratado si tenia autoridad en general, pero su gobierno le habia dado limites que el rompio y por eso el pais puede pedir la nuldiad del tratado) 



Art. 48 – Error (cuando un estado firma un tratado basado en una equivocación sobre un hecho o situación)

Art. 49 – Dolo ( Es cuando el estado dice: “Me hiciste firmar este tratado porque me mentiste a propósito. No fue un error inocente. Fue engaño intencional.”

Art. 50 – Corrupción (cuando el consentimiento de un Estado para firmar un tratado se obtuvo porque alguien sobornó:  “ Mi representante firmó ese tratado porque le dieron dinero, regalos o favores. Eso no fue un consentimiento válido. El tratado no vale.

Art. 51 – Coacción sobre el representante (cuando un fue firmado por el representante por que el representante fue amenazado, intimidado o forzado) 

Art. 52 – Coacción sobre el Estado (Cuando un tratado es firmado por que el pais que lo firmo fue amenazado o le hicieron uso de fuerza)
Nulo si se usó la amenaza o uso de fuerza.

Art. 53 – Contradicción con ius cogens (que un tratado va en contra de una norma internacional) 





✅ Procedimiento para Nulidad, Terminación o Suspensión

Art. 65 – Notificación (primer paso del procedimiento formal)

Art. 66 – Solución pacífica (resolver conflictos sin usar fuerza, osea si  no estan de acuerdo lo resuelven dialogando)
Si hay objeción, debe resolverse por medios pacíficos (negociación, arreglo judicial, etc.).

Art. 67 – Forma escrita (si quieres que un tratado sea nulo no lo puedes decir nadamas y ya tienes que dejarlo de manera escrita)

Art. 68 – Efectos del retiro de la notificación (cuando te quieres retractar de haber avisado que te retirabas de un tratado entonces ya no te retiras si no todo se queda igual) 

✅ Otras disposiciones relevantes

Art. 44 – Separabilidad  (si una parte del tratado es invalida, eso no necesariamente invalida todo el contrato)

Art. 45 – Confirmación tácita (cuando sabias que habia algo mal con el tratado pero no dijiste nada como estado y lo seguiste cumpliendo) 

Art. 76-80 – Disposiciones finales (ya explicaron como funcionan los tratados ahora te dicen como se gestiona la misma convencion) 

✅ Art. 76 – Depositario

Designa al Secretario General de la ONU como el encargado de guardar el tratado, custodiar firmas, reservas, ratificaciones, etc.

✅ Art. 77 – Funciones del depositario

El depositario:

✅ Art. 78 – Notificaciones

Todos los actos (ratificación, aceptación, denuncia, retiro de reservas, etc.)
→ deben notificarse por escrito al depositario.

✅ Art. 79 – Corrección de errores

Si se encuentra un error en el texto del tratado, se notifica a todos los Estados, y se corrige oficialmente.

✅ Art. 80 – Registro y publicación

La ONU debe registrar la Convención y publicarla conforme al art. 102 de la Carta de las Naciones Unidas.



✅ Procedimiento para Nulidad, Terminación o Suspensión

Art. 65 – Notificación (primer paso del procedimiento formal)

Art. 66 – Solución pacífica (resolver conflictos sin usar fuerza, osea si  no estan de acuerdo lo resuelven dialogando)
Si hay objeción, debe resolverse por medios pacíficos (negociación, arreglo judicial, etc.).

Art. 67 – Forma escrita (si quieres que un tratado sea nulo no lo puedes decir nadamas y ya tienes que dejarlo de manera escrita)

Art. 68 – Efectos del retiro de la notificación (cuando te quieres retractar de haber avisado que te retirabas de un tratado entonces ya no te retiras si no todo se queda igual) 

✅ Otras disposiciones relevantes

Art. 44 – Separabilidad  (si una parte del tratado es invalida, eso no necesariamente invalida todo el contrato)

Art. 45 – Confirmación tácita (cuando sabias que habia algo mal con el tratado pero no dijiste nada como estado y lo seguiste cumpliendo) 

Art. 76-80 – Disposiciones finales (ya explicaron como funcionan los tratados ahora te dicen como se gestiona la misma convencion) 

✅ Art. 76 – Depositario

Designa al Secretario General de la ONU como el encargado de guardar el tratado, custodiar firmas, reservas, ratificaciones, etc.

✅ Art. 77 – Funciones del depositario

El depositario:

✅ Art. 78 – Notificaciones

Todos los actos (ratificación, aceptación, denuncia, retiro de reservas, etc.)
→ deben notificarse por escrito al depositario.

✅ Art. 79 – Corrección de errores

Si se encuentra un error en el texto del tratado, se notifica a todos los Estados, y se corrige oficialmente.

✅ Art. 80 – Registro y publicación

La ONU debe registrar la Convención y publicarla conforme al art. 102 de la Carta de las Naciones Unidas.



✅ Art. 76 – Depositario

Designa al Secretario General de la ONU como el encargado de guardar el tratado, custodiar firmas, reservas, ratificaciones, etc.

✅ Art. 77 – Funciones del depositario

El depositario:

✅ Art. 78 – Notificaciones

Todos los actos (ratificación, aceptación, denuncia, retiro de reservas, etc.)
→ deben notificarse por escrito al depositario.

✅ Art. 79 – Corrección de errores

Si se encuentra un error en el texto del tratado, se notifica a todos los Estados, y se corrige oficialmente.

✅ Art. 80 – Registro y publicación

La ONU debe registrar la Convención y publicarla conforme al art. 102 de la Carta de las Naciones Unidas.